• La medida busca brindar mayor seguridad a las familias que transitarán por caminos y puentes federales
Irineo Pérez Melo
Xalapa, Ver., 06 de abril del 2025.- Con el propósito de proteger la integridad de quienes viajan durante el periodo vacacional de Semana Santa 2025, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) implementará restricciones temporales a la circulación de vehículos del autotransporte federal de carga, así como a grúas industriales y unidades que transporten objetos indivisibles de gran peso o volumen.
Así lo dio a conocer la Dirección General del Autotransporte Federal a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), en coordinación con la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), al señalar que dichas unidades podrán circular únicamente en horarios establecidos entre el 11 y el 27 de abril del presente año.
Los vehículos que cuenten con permiso especial de la SICT, como grúas industriales o transportes de maquinaria pesada, podrán transitar los días 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril, las 24 horas del día, pero únicamente en carreteras tipo ET4, A4 y B4.
En cuanto a los caminos clasificados como ET2, A2, B2, C y D, la circulación se permitirá de 6:00 a 18:30 horas en horario diurno, y de 00:00 a 6:00 y de 18:30 a 23:59 en horario nocturno, siempre y cuando las unidades vayan acompañadas de dos vehículos piloto: uno al frente y otro en la parte trasera.
Quedará estrictamente prohibida su circulación los días 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril.
Esta restricción no aplicará para transportes relacionados con obras estratégicas del Gobierno de México, como las vinculadas al Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum, ni para el sector energético, al tratarse de proyectos de interés nacional.
La medida tiene como objetivo facilitar el tránsito de las miles de familias que se desplazan durante esta temporada vacacional, y contribuir a la seguridad en las carreteras federales.