* La sanción va de mil 800 a los 22 mil 700, por lo que la recomendación es cumplir, pues se ha facilitado el trámite a través del portal: Edmundo Rogelio Naranjos
Irineo Pérez Melo
Xalapa, Ver., 21 de marzo del 2025.- A once días de que venza el plazo para que las personas morales presenten su declaración anual 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitó a todos los contribuyentes a cumplir con esta obligación para evitar sanciones.
Lo anterior fue informado por Edmundo Rogelio Naranjos Dávalos, Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Veracruz I, quien explicó que el periodo para cumplir con esta disposición abarca de enero a marzo. Dado que el plazo está por vencer, se está exhortando a los contribuyentes a presentar su declaración a tiempo.
En caso de no hacerlo dentro del plazo establecido, los contribuyentes podrían ser acreedores a multas que van desde $1,800 hasta $22,700.
Acompañado de Lorena Fabiola León Servín, Administradora Desconcentrada de Recaudación Veracruz I, Naranjos Dávalos señaló que el trámite puede realizarse de manera digital, llenando los formularios disponibles en la plataforma del SAT.
«En general, se mejoró el sistema de precarga de los formularios con la finalidad de agilizar los trámites para hacer la declaración», explicó León Servín.
En conferencia de prensa, detalló que, específicamente para el régimen general, en el apartado de gastos se agregó un campo denominado devoluciones, bonificaciones y descuentos, el cual se alimenta de los comprobantes de ingresos y egresos, considerándolos en una sola forma de pago, ya sea en una sola exhibición o en parcialidades.
La funcionaria federal explicó también que en el campo de la PTU pagada se añadió un apartado llamado PTU deducible, con el objetivo de disminuir la nómina timbrada, ya que en algunos casos esta puede no ser deducible para el ejercicio fiscal en curso.
Respecto a la determinación del remanente de pérdida de ejercicios anteriores, indicó que esta funcionalidad se mantiene, pero ahora se precarga la información desde el ejercicio 2014 hasta 2023.
En cuanto a las empresas que operan bajo el Régimen Simplificado de Confianza, León Servín explicó que en el apartado de deducciones autorizadas relacionadas con la nómina se añadió un campo para deducibles de ejercicios anteriores. Esto aplica para las personas morales en periodo de liquidación que hayan emitido o timbrado nómina en distintos ejercicios y la hayan pagado en el mismo periodo de liquidación, permitiéndoles acumularla en su declaración.
Agregó que, por el momento, la carga de esta información es manual, pero a partir del próximo año el sistema permitirá su precarga automática.
En cuanto a las deducciones autorizadas, al igual que en el régimen general, se añadió el campo de devoluciones, bonificaciones y descuentos, obteniendo la información de los pagos provisionales. También, en la determinación de la PTU pagada, se incluyó el campo PTU no deducible.
Finalmente, Naranjos Dávalos recomendó a las empresas asegurarse de que la declaración se presente con la firma electrónica vigente. En caso de estar vencida, el trámite puede realizarse a través del portal del SAT, sin necesidad de acudir a las oficinas.
Asimismo, recordó que toda la información de declaraciones provisionales y anuales, así como los comprobantes fiscales emitidos durante 2024, deben estar correctamente cargados en la declaración para evitar errores en las precargas.